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DIETAS Y ADELANTOS ECONÓMICOS EN SERVICIOS FUERA DE LA LOCALIDAD

Ante las situaciones que se vienen repitiendo en distintas plantillas y unidades de la Policía Nacional, queremos recordar varios aspectos legales y prácticos en relación con las dietas por razón del servicio, en especial cuando se os ordena asistir a comisiones o servicios fuera de vuestra localidad habitual sin que se os haya abonado dieta o anticipo alguno.


LO BÁSICO QUE DEBES SABER

  • Todo desplazamiento fuera de tu localidad de destino por razones del servicio genera el derecho a indemnización por los gastos que conlleve: alojamiento, manutención y desplazamiento.
  • Esta indemnización está regulada en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
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