Permiso Navidad de 2026
Madrid, 3 de noviembre de 2026
DESTINATARIO: TODAS LAS DEPENDENCIAS
En el presente año, el Permiso de Navidad se disfrutará de acuerdo con las instrucciones siguientes:
1.- NORMAS GENERALES
Los miembros de la Policía Nacional disfrutarán con carácter general de un permiso de tres días consecutivos entre los días 11 de diciembre de 2026 y 13 de enero de 2027, con las peculiaridades que se establecen en el presente escrito.
Quienes presten servicio en las noches del 24 o del 31 de diciembre serán compensados con una noche libre adicional, salvo que el funcionario opte por una mañana o una tarde, que podrá disfrutarse fuera del permiso de Navidad hasta el 28 de febrero de 2027.
2.- REGLAS Y CONDICIONES DE DISFRUTE
2.1.- TURNOS ROTATORIOS
Los funcionarios que presten servicio en esta modalidad de jornada laboral disfrutarán de tres días consecutivos de prestación de servicio.
En aquellas plantillas en las que, por escasez de personal para cubrir los servicios mínimos indispensables o por circunstancias excepcionales debidamente justificadas, no sea posible el disfrute dentro del periodo establecido, este podrá prolongarse quince días más, hasta el 28 de enero de 2027.
Entre los tres días consecutivos del permiso solo se podrá incluir una noche.
2.2.- SERVICIO DE NOCHE
Para los funcionarios que presten servicio en esta modalidad, el disfrute de este permiso coincidirá con un turno completo de servicio (noche, libre, libre), abarcando la jornada de trabajo y las dos de descanso. Se permitirá, como compensación, que se pueda disfrutar de una noche más fuera del período general del permiso, hasta el 28 de febrero de 2027.
2.3.- OTROS SERVICIOS
En el resto de servicios no incluidos en los apartados anteriores, los funcionarios disfrutarán de un permiso de tres días laborables consecutivos, teniendo en cuenta para ello el hecho de que algunos días son festivos únicamente en determinadas Comunidades Autónomas. Se significa que, a estos efectos, el sábado se considera no laborable.
La distribución de los permisos se efectuará de forma que queden debidamente atendidos los servicios de incidencias establecidos para los sábados y festivos.
