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¿En qué podemos ayudarte?

¿En qué casos puedo solicitar la adaptación de mi puesto de trabajo?

Adaptación del horario laboral nocturno por cuestiones de salud

  1. La jornada laboral nocturna del funcionario policial, puede ser adaptada si el funcionario padece alguna de las patologías recogidas en la Instrucción Operativa 001, o bien por edad si el funcionario es mayor de 55 años. Dicha Instrucción Operativa puede consultarse en la Webpol en el apartado Subdirección General de Recursos Humanos/ Área de Coordinación de PRL.

Adaptación del puesto de trabajo por cuestiones de salud

Actualmente la DGP se encuentra en proceso de elaboración de una Instrucción Operativa para la Adaptación del Puesto de trabajo por enfermedad, independientemente del horario nocturno. Hasta la publicación de la misma, si un funcionario desea solicitar este trámite debe llevar a cabo los siguientes pasos:

  1. El policía deberá redactar una instancia dirigida al Jefe de la Dependencia exponiendo el caso y solicitando la adaptación del puesto de trabajo por los motivos que considere.
  2. Deberá rellenar la autorización para el tratamiento de Datos personales que se encuentra anexa a la IO 001.
  3. Se presentará en la Secretaría de destino del funcionario dándole el registro de entrada correspondiente.
  4. La Secretaría a su vez deberá mandar toda la documentación a la Unidad Regional Sanitaria o Servicio de vigilancia de la Salud, según corresponda.
  5. La URS o Servicio de vigilancia de la salud, solicitará valoración del caso a un médico de la empresa externa que realiza los reconocimientos médicos para que haga un dictamen sobre las medidas a adoptar. Mientras tanto, los miembros de la URS o del Servicio de Vigilancia de la Salud, podrá adoptar las medidas provisionales que considere.
  6. El médico de la empresa realizará reconocimiento e informe y emitirá el Certificado de Aptitud correspondiente, que remitirá a su vez a la URS o Servicio de Vigilancia de la Salud.
  7. La URS o Servicio de Vigilancia de la Salud emite dicho Certificado o la contestación que proceda, que será comunicado al funcionario interesado a través de su Secretaría.
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